ÉTICA Y RESPONSABILIDAD

1. PREÁMBULO

El presente Código Ético (en adelante “el Código”) pretende establecer los principios y valores que han de informar constantemente la actividad del Grupo Remeco, y debe ser considerado como una guía para los empleados, directivos y miembros del Consejo de Administración de nuestra Organización en todas sus relaciones profesionales.

Este Código no contempla todas las posibles situaciones que pueden llegar a producirse, sin embargo, sí recoge los principios que deben inspirar, en todo momento, el comportamiento de toda persona que trabaje en nuestra Organización.

Para ello, es importante que toda persona conozca y cumpla este Código y desarrolle su trabajo de acuerdo con los principios en él expresados, teniendo presente que cada uno de nosotros somos responsables de su cumplimiento y la difusión de este; y ello sin perjuicio de lo que puedan disponer, en cada momento, otras normas internas de carácter especial y de la legislación vigente, que prevalecerán en caso de conflicto o contradicción con este Código.

Este Código regirá todas relaciones contractuales, comerciales o de negocio del Grupo Remeco con sus proveedores y/o clientes.

(NO: La versión del Código Ético que consta en la web Remeco es una versión reducida. La versión completa puede ser solicitada al Compliance Officer del Grupo Remeco a través del contacto de email compliance@remeco.com)

2. Ámbito de aplicación

El Código es de aplicación a todos los grupos de interés de Remeco S.A. y Nutife  (en lo sucesivo “Grupo Remeco”), entre los que se incluyen los empleados, directivos y miembros del Consejo de Administración del Grupo Remeco. 

Asimismo, están sujetos al cumplimiento de este Código todas aquellas personas, físicas o jurídicas, que mantengan cualquier tipo de relación con el Grupo Remeco en el desempeño de sus actividades profesionales o empresariales, como puedan ser auditores externos, consultores, asesores, proveedores, anunciantes, centrales de medios, productoras externas, organismos, instituciones, etc.

3. Principios y Valores

La cultura corporativa del Grupo Remeco está enfocada al logro de resultados positivos en todas las áreas de la Organización, basados en la honestidad y profesionalidad en el trabajo, el cumplimiento de la legislación vigente y la responsabilidad empresarial. 

Desde el Grupo Remeco, somos conscientes de la responsabilidad y posición que una empresa como la nuestra tiene en la salud de las personas en España y Portugal. El liderazgo responsable en el desarrollo de su actividad de negocio es una prioridad para nuestra Compañía mediante un comportamiento ético y responsable con la sociedad y el entorno.

El componente humano es prioritario para nuestra Organización, que desarrolla políticas en fomento de la igualdad de oportunidades, el trabajo en equipo, el respeto a la dignidad de la persona y la no discriminación. De la misma manera la excelencia en el trabajo, en la búsqueda de la mejora constante, es una máxima que nos lleva al cuidado por encontrar y desarrollar el talento y capacidades de nuestro personal, de manera que añadan valor al negocio. 

El grupo Remeco apoya y asume como propio el Código Ético del Sector de Tecnología Sanitaria, el MedTech Code of Ethical Business Practice, Código de Buenas Practicas del FENIN, APORMED, así como todos aquellos Códigos Éticos que, por su actividad, puedan asociarse a los mismos.

4. Código ético.

a. Cumplimiento legal y regulatorio.

El Grupo Remeco está totalmente implicado en el estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico.

Los destinatarios están obligados a tomar todas las medidas oportunas para cumplir la legislación vigente. En este sentido y ante cualquier duda que pueda surgir, se deberá consultar con el Órgano Responsable de Cumplimiento Penal (Comité de ética y Cumplimiento (en adelante, CEYC)) del Grupo Remeco.

b. Conflicto de interés.

Se considerará conflicto de interés toda situación en la que entre (o pudiera entrar) en colisión, de forma directa o indirecta, el interés de la Sociedad, por un lado, y el interés personal de la persona sujeta al cumplimiento de este Código, por otro lado. Existirá interés personal cuando el asunto le afecte, ya sea directamente, o indirectamente a través de una persona con ella vinculada.

Algunas situaciones, no exhaustivas, en las que puede surgir un conflicto de interés son:

  • Realizar un contrato en nombre del Grupo Remeco con una empresa proveedora participada o gestionada por un amigo o familiar.
  • Trabajar como consultor de un proveedor o cliente del Grupo Remeco.
  • Llevar a cabo negocios por cuenta propia cuya naturaleza sea similar al trabajo desempeñado en el Grupo Remeco.
  • Tener interés personal o económico en un negocio con el Grupo Remeco.
  • Obtener una ventaja personal o ganancia económica, al margen de la normal remuneración, en un acuerdo o relación comercial con un tercero que implique al Grupo Remeco.

c. Confidencialidad e información confidencial.

La práctica viene demostrado el elevado nivel de competencia que existe en el mercado, lo que hace que preservar la confidencialidad de las iniciativas y estrategias de la Compañía constituya un objetivo prioritario.

Sin embargo, la práctica demuestra la facilidad con la que, no sólo decisiones, sino simples reflexiones internas, se hacen públicas a través de distintos medios.

Resulta de una importancia crucial concienciar a todas las personas que prestan sus servicios de una forma u otra para el Grupo Remeco, de la necesidad de mantener un alto nivel de reserva en la utilización de la información a la que tienen acceso por el mero hecho de formar parte de la organización.

Por ello, se prohíbe la divulgación fuera del ámbito de la empresa de toda la información, sin excepción, a la que cualquier trabajador o Directivo del Grupo Remeco tenga acceso en el desempeño de sus funciones.

Todos los empleados del Grupo Remeco son responsables de proteger la información de la empresa a la que tengan acceso, desarrollando un comportamiento diligente basado en la custodia y vigilancia de la misma para evitar revelaciones involuntarias de dicha información.

No se manejará información fuera de los canales de trabajo apropiados (Incluyendo chats online, redes sociales (como Facebook, Twitter o LinkedIn) o blogs). Así mismo, cartas, informes, contratos y cualquier tipo de documento no deberá dejarse expuesto en mesas o lugares a los que puedan tener acceso personas ajenas a dicho material.

La confidencialidad de la información se deberá observar durante todo el tiempo que dure la relación con la Compañía y una vez terminada ésta. Además, la información confidencial no se debe utilizar en beneficio propio.

Los destinatarios no emplearán medios contrarios a la ley o a la ética para adquirir información confidencial de ningún competidor, proveedor, cliente o tercero.

No se permitirá la grabación, sonora o audiovisual, de ninguna actividad desarrollada en las instalaciones (propias o arrendadas) del Grupo Remeco, a través de cualquier dispositivo audiovisual o electrónico, que no obedezca al normal desarrollo de las tareas propias del trabajo.

d. Información privilegiada e integridad, responsabilidad y transparencia de la información financiera.

El Grupo Remeco delimitará las personas u órganos que puedan decidir la activación de los mecanismos para que cualquier información sea tratada como privilegiada. Toda la información del Grupo Remeco debe ser registrada y presentada de manera precisa, diligente y respetuosa con la normativa vigente, de modo que se asegure una correcta contabilidad de todos los activos, actividades y responsabilidades de la Compañía.

e. Igualdad y no discriminación.

El Grupo Remeco promueve el fomento de la igualdad de oportunidades en todo lo referente al acceso al empleo, condiciones de trabajo, formación, desarrollo y promoción de profesionales.

El Grupo Remeco asume la responsabilidad de mantener un entorno de trabajo libre de toda discriminación y de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal.

La relación entre los empleados, directivos y administradores del Grupo Remeco se regirá por el mutuo respeto a la dignidad personal y el trato justo y cortés con los demás.

El Grupo Remeco promueve la no discriminación por razón de raza, nacionalidad, origen étnico, género, edad, discapacidad, situación personal y familiar, estado civil, apariencia física, orientación sexual, maternidad o embarazo, religión, ideología, opiniones políticas, creencias o cualquier otro prohibido por la Ley.

El Grupo Remeco tiene una política de “tolerancia cero” respecto de cualquier comportamiento abusivo, humillante, ofensivo o que pueda ser calificado como acoso, tanto físico como psicológico. Especialmente, aquellos basados en motivos de raza, color, sexo, religión, origen étnico, nacionalidad, edad, situación personal y familiar, orientación sexual, discapacidad, estado físico o cualquier otro comportamiento prohibido por la Ley.

Nadie se comportará de manera que se induzca, promueva, favorezca, facilite o determine a que tengan lugar hechos, actividades o relaciones calificados o que pudieran calificarse de prostitución o corrupción de menores.

No habrá trato injusto, represalias o menosprecio hacia aquellas personas que de buena fe informen de la existencia de comportamientos anteriormente descritos o participen en la investigación de una reclamación.

f. Salud, seguridad en el trabajo y protección del medio ambiente.

En el seno de sus relaciones laborales, empresariales y profesionales, el Grupo Remeco está comprometido con la protección, la seguridad y la salud de sus empleados, clientes, proveedores y el público en general. Nuestro esfuerzo constante se dirige al cumplimiento de las leyes y regulaciones en materia de prevención de riesgos laborales, protección de la salud y la seguridad en el trabajo.

Partiendo de los medios que ofrece la Empresa, todos los empleados son responsables de asegurar que el ambiente de trabajo cumple con los requisitos de salud y seguridad, y de desempeñar su actividad dentro de la más escrupulosa observancia de los estándares y políticas de salud y seguridad en el trabajo.

En desempeño de sus funciones, el comportamiento de los empleados del Grupo Remeco será totalmente respetuoso con los recursos naturales y el medio ambiente, así como con las Leyes y disposiciones previstas para la protección de este. Toda actividad laboral se realizará siempre en posesión de las oportunas autorizaciones administrativas y medioambientales.

Todos los empleados deberán observar las instrucciones y líneas maestras que pone a su disposición la empresa para el cumplimiento de las normas de salud, seguridad en el trabajo y protección del medio ambiente.

El Grupo Remeco dispone de políticas, procedimientos y normas de prevención de riesgos laborales y protección de la salud accesibles a todos sus empleados. 

g. Drogas y alcohol.

Queda estrictamente prohibido poseer, distribuir o consumir cualquier tipo de droga ilegal durante las horas de trabajo.

El consumo de alcohol durante horas de trabajo no está permitido. Excepcionalmente podrá consumirse moderadamente alcohol en celebraciones, comidas y demás situaciones propias de la cultura o costumbres y siempre y cuando no afecte al desempeño de las tareas relacionadas con el puesto de trabajo.

h. Recursos y medios materiales para el desarrollo de la actividad profesional.

El Grupo Remeco pone a disposición de sus profesionales los recursos y medios materiales necesarios y adecuados para el desarrollo de su actividad profesional.

Los empleados y directivos del Grupo Remeco deberán hacer un uso responsable de los recursos y medios puestos a su disposición, realizando con los mismos, exclusivamente actividades profesionales en interés de la empresa, de manera que dichos recursos y medios no se utilicen o apliquen para fines particulares salvo que medie autorización expresa por parte de la persona competente. Esto conlleva el deber de proteger dicho material frente a usos no autorizados y preservarlo de robos, pérdidas, daños, usos ilegales o inapropiados.

Ningún elemento de valor propiedad de la Empresa será retirado del puesto de trabajo de las instalaciones de la Compañía o destruido sin mediar la oportuna autorización.

Algunos ejemplos no exhaustivos de las conductas prohibidas son:

  • Robo de material y suministros, de equipos, documentos, dinero u otras propiedades.
  • El uso inadecuado de tarjetas de crédito corporativas, teléfonos, ordenadores, impresoras y fax o cualquier otro equipo de similares características.
  • Retener cualquier tipo de información o activo propiedad de un tercero que pertenezca a la Empresa.

i. Relaciones comerciales y con la competencia.

Todos los grupos de interés (directivos, empleados, clientes, proveedores, organizaciones, instituciones, etc.) son claves de la reputación y el beneficio empresarial del Grupo Remeco. Las relaciones con los mismos deberán ser francas, honestas, leales, respetuosas y éticas.

Está prohibido cualquier tipo de acto que contravenga la normativa en materia de defensa de la competencia y competencia desleal.

j. Comunicación externa.

Es esencial para salvaguardar la imagen y reputación de la Compañía presentarse como una Organización seria y consistente.

A menos que se ostente un cargo, atribución o mandato que expresamente lo permita, no se comunicará ni filtrará opinión alguna, oficial o extraoficialmente, ni se publicará documento o información alguna en medios de comunicación, redes sociales, foros, blogs en internet o similares.

Todas las comunicaciones con medios de comunicación externos serán realizadas exclusivamente por las personas y departamentos autorizados para ello.

Cualquier contacto o intento de contactar con un miembro de la organización con la intención de obtener información mediáticamente relevante acerca de la Compañía deberá ser, a la mayor brevedad posible, comunicado a la Dirección.

k. Correo electrónico, internet y telefonía.

Internet, intranet, correo electrónico, telefonía móvil y el resto de medios que la Empresa pone a disposición de sus empleados y directivos son herramientas de trabajo para el desarrollo del negocio del Grupo Remeco. No está permitido el uso inapropiado de estas herramientas. Excepcionalmente, podrán usarse estos medios para asuntos personales de manera limitada y no abusiva y siempre y cuando no interfiera en el trabajo o negocios de la Compañía o moleste al resto de la Organización.

Todas las comunicaciones e información transmitida, recibida, creada y/o alojada en sistemas de hardware o software informáticos o de telecomunicaciones del Grupo Remeco es propiedad de la Empresa. El Grupo Remeco implantará todas las medidas necesarias destinadas a la prevención de daños informáticos y ataques de denegación de servicio.

Los equipos informáticos y los medios de comunicación electrónica son propiedad del Grupo Remeco, puestos a disposición de los usuarios para el desempeño de sus funciones, pueden estar sometidos a control en cuanto a su utilización. Dicho control puede efectuarse, en su caso, mediante el registro y monitorización del número de accesos, lugares visitados, correos electrónicos enviados y contenido de éstos.

En este sentido, las empresas del Grupo Remeco están facultadas para:

  • Adoptar las medidas disciplinarias que correspondan como consecuencia de apreciarse una utilización abusiva y/o indebida.
  • Limitar el acceso, bloqueando o anulando su uso de forma temporal o definitiva.

En ningún caso, se emplearán estas herramientas para llevar a cabo actos ilegales o prohibidos por el presente Código. Por ejemplo, no se dispondrá de las herramientas y sistemas informáticos del Grupo Remeco para enviar, recibir, alojar o publicar:

  • Información abusiva, ofensiva, hostil, sexualmente explícita o discriminatoria.
  • Información que implique un riesgo de ataque de virus informático.
  • Materiales con derechos de propiedad intelectual, secreto industrial o similar sin la autorización apropiada de los derechos de terceras partes implicadas.
  • Mensajes o archivos con cualquier intención contraria a la ética y moral o que viole, dañe o pueda violar o causar daño al Grupo Remeco, así como a los destinatarios.
  • Actividades que de alguna manera induzcan o lleven a la comisión de estafas electrónicas.

l. Privacidad y protección de datos.

El Grupo Remeco cumple escrupulosamente la legislación vigente en materia de protección de datos y privacidad de todos los grupos de interés de la Empresa.

Toda la información proporcionada por pacientes, proveedores, auditores o consultores en general, que mantenga una relación laboral, comercial o profesional con la Compañía es custodiada de manera adecuada, de modo que se garantiza la privacidad y se cumplen todas las leyes, normas y regulaciones en materia de la protección de datos.

En el cumplimiento de dicha legislación, se observarán las políticas y procedimientos del Grupo Remeco en vigor para la protección de la privacidad y protección de datos.

No está permitido apoderarse, utilizar o modificar, sin la debida autorización, datos reservados de carácter personal o familiar de un tercero, que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, telemáticos o en cualquier tipo de soporte o registro empleando para ello medios de la Empresa.

De igual manera, está prohibido apoderarse de cartas, papeles, correos electrónicos o cualquier otro documento o efectos personales sin consentimiento de su titular, incluyendo la interceptación de las comunicaciones o el empleo de medios de escucha, transmisión, grabación o reproducción. Tampoco está permitido el acceso a datos o programas informáticos vulnerando las medidas de seguridad corporativas.

Los medios y herramientas de la empresa podrán ser auditados y monitorizados por el Grupo Remeco de acuerdo con la legalidad vigente.

m. Prácticas fraudulentas y promesas engañosas.

En las relaciones con los grupos de interés no se realizarán promesas engañosas o falsas propuestas, manifiestamente contrarias a la buena fe y que impliquen el intento o la comisión de cualquier práctica de corrupción, soborno, estafa o cualquier otro comportamiento tipificado como delito por el Código Penal. Las relaciones con los grupos de interés serán honestas y justas.

No se empleará engaño ni realizarán operaciones que lleven a error, perjudiquen o puedan perjudicar las relaciones personales, comerciales y de negocio en las que estén implicados los destinatarios, especialmente valiéndose de manipulaciones informáticas o dispositivos de telecomunicación, tarjetas de crédito, débito o cualquier otro medio de pago.

n. Deber de comunicación y Canal de Denuncias.

El Grupo Remeco está comprometido con el fomento de un ambiente de trabajo en el que los empleados se sientan libres de poder comunicar cualquier situación o hecho que les preocupe o estimen importante para la compañía.

En este sentido, cualquier miembro de la Organización o incluso personas ajenas a ésta, que tengan fundadas sospechas de la existencia de prácticas contrarias a los principios y valores de este Código o de la Ley, deberá ponerlas en conocimiento de la organización a través del “Canal de denuncias” enviando un escrito (pudiendo ser anónimo) al mail compliance@remeco.com,  por correo postal Avenida del Ejército, 50, 15006 – A Coruña, o a través del siguiente enlace.

También existen otras opciones para presentar la denuncia, de forma telefónica o mediante reunión presencial en el plazo máximo de 7 días desde la solicitud del informante. Las comunicaciones verbales deben quedar documentadas, a opción del informante, mediante grabación o transcripción completa.

 La denuncia deberá contener, al menos, la siguiente información, para poder ser tramitada:

o En qué consiste la conducta contraria al Código Ético.

o Posibles personas implicadas.

o Fechas aproximadas de comisión de los hechos.

o Medios a través de los cuales se ha realizado la conducta contraria al Código Ético.

o Áreas de negocio afectadas.

o Procesos relevantes afectados (p.ej. contratación, contabilidad, tesorería…).

o Posible impacto económico.

o En su caso, aportar documentos o evidencias de los hechos.

Nadie podrá ser criticado o menospreciado de ninguna forma, incluso en caso de que al final de la investigación se revele que las sospechas eran erróneas, por haber comunicado hechos o circunstancias que, de buena fe, pensaba que debía poner en conocimiento de la Organización. En este sentido, ningún tipo de represalia o trato injusto o discriminatorio está permitido ni será tolerado.

El Canal de Denuncias se rige por el “Procedimiento del Canal de Denuncias” y, en ningún caso, será un medio de comunicación de situaciones de descontento personal o en el trabajo, o de aquellas que no tengan ninguna implicación con la Compañía.

o. Regalos, pago de comisiones ilegales, donaciones y beneficios ilegales.

Como regla general, no está permitido ofrecer, aceptar o solicitar regalos, pagos o invitaciones con relación a ningún cliente, proveedor, autoridad pública o funcionario público (nacional o internacional), fuera de los usos comunes y las costumbres locales y en contra de la normativa vigente en cada caso. 

De la misma manera, las donaciones o préstamos a partidos políticos, organizaciones no gubernamentales y asociaciones realizadas en nombre del Grupo Remeco serán solamente permitidas cuando hayan sido aprobadas y siempre y cuando cumplan la legislación vigente.

5. Gestión de violaciones del código ético

Este Código Ético regirá cualquier tipo de relación, contractual o no, del Grupo Remeco con sus trabajadores, clientes y proveedores.

Todos los empleados y directivos deberán comportarse de manera acorde con los principios y valores expresados en el mismo. El desconocimiento de las normas y principios recogidos en el mismo no eximen de su observancia y cumplimiento.

No se tolerará ningún incumplimiento del Código. Los incumplimientos del Código podrán, dependiendo de su gravedad, penalizarse con las sanciones laborales previstas en el régimen disciplinario aplicable y, además, cualquier violación del Código, puede implicar el incumplimiento de una Ley o regulación vigente de manera que los destinatarios podrán ser responsables civil, penal y/o administrativamente.

El sistema de comunicación, recepción y gestión de las posibles violaciones del Código Ético serán gestionadas por el CEYC, asegurándose, en todo momento, la confidencialidad de todas las partes implicadas durante todo el proceso.

Cada trabajador es responsable, siempre que identifique un posible riesgo o necesidad de mejora en el proceso, de la respectiva comunicación a sus superiores, con el fin de incrementar la eficiencia y permitir la realización de controles de primer y segundo nivel.

El incumplimiento o cumplimiento parcial de los procesos/procedimientos y del Código Ético vigente puede dar lugar a la iniciación de un procedimiento disciplinario contra el empleado o empleados involucrados.

El Proceso Disciplinario o procedimiento disciplinario, que es la forma en que el empleador ejerce la potestad disciplinaria, es el conjunto de acciones emprendidas encaminadas a esclarecer los hechos que se imputan al trabajador.

El empleado es toda persona natural, nacional o extranjera, que voluntariamente se compromete a poner su actividad profesional, por remuneración, al servicio de Remeco, dentro del ámbito de la organización y bajo su autoridad y dirección. Cuando decimos bajo su autoridad y dirección, queremos decir que la relación jurídico-laboral es una relación subordinada, es decir, el trabajador depende funcionalmente del empleador.

Dentro del alcance de los deberes del empleado para con el empleador, tiene, entre otros, el deber de:

  • Obediencia
  • Diligencia
  • Asistencia y puntualidad
  • Lealtad
  • Secreto profesional

La potestad disciplinaria es la facultad que la ley confiere al empleador para sancionar al trabajador por no haber cumplido con los deberes derivados del contrato o por haber violado deberes relacionados con los requisitos de la actividad a la que se dedica.

Al no cumplir con los procesos y procedimientos de la empresa, el empleado puede estar violando, entre otros, sus deberes de obediencia, diligencia y cuidado.

La potestad disciplinaria la ejerce el empleador, a través de los responsables de la empresa, o aquellos a quienes se atribuya el ejercicio respectivo por delegación expresa. Cuando el empleado no cumple con sus deberes, esta conducta se denomina falta disciplinaria. Se entiende por falta disciplinaria la conducta dolosa y negligente (acción u omisión) imputable al empleado, que resulte en la infracción de sus funciones.

El levantamiento de un proceso disciplinario se realiza a solicitud del Director Gerente y es conducido por RR.HH. y asistido por el bufete de abogados que respalda legalmente a Remeco.

Entre los motivos que pueden dar lugar a la incoación de un expediente sancionador se encuentran los siguientes:

  • comportamiento inapropiado hacia gerentes y/o colegas
  1. Intimidación física
  2. Intimidación verbal/psicológica
  3. Incumplimiento de las reglas de respeto y sentido común
  • incumplimiento o cumplimiento parcial de los procesos/procedimientos vigentes, que se produzcan, ocasional o reiteradamente, con consecuencias graves, potenciales y/o efectivas para cualquiera de los involucrados en el proceso en las siguientes áreas:
  1. Consecuencias potenciales: internas, externas – con los clientes, con los pacientes
  2. Consecuencias efectivas: internas, externas – con los clientes, con los pacientes
  • incumplimiento de los plazos
  • Falta de comunicación e información que conduce a dificultades en la resolución de problemas con socios y/o representados.

La aplicación de sanciones disciplinarias por parte del empleador no se hace automáticamente, sigue un proceso. El Proceso Disciplinario o Procedimiento Disciplinario, que es la forma en que el empleador ejerce el poder disciplinario; es el conjunto de actos realizados con el fin de esclarecer los hechos que se imputan al trabajador.

El establecimiento del proceso disciplinario sigue las siguientes fases:

  • Etapa de enjuiciamiento o participación
  • Fase de defensa
  • Fase de instrucción
  • Etapa de decisión

La fase de acusación o participación consiste en la notificación por escrito al trabajador infractor para una entrevista. En la entrevista se debe entregar una nota de culpabilidad, que contenga una descripción detallada de los hechos que se imputan al empleado, la fecha, hora y lugar de la entrevista, es derecho del infractor el ser acompañado por una persona de confianza.

El empleado deberá firmar la nota de culpabilidad, colocando la fecha y lugar del día en que se le entrega, confirmando que tuvo conocimiento de ello.

Durante la entrevista, el empleador puede explicar al infractor las razones de la medida disciplinaria que pretende aplicar. La fase de defensa se traduce en la respuesta del empleado a los hechos que se le imputan, confesándolos, negándolos, invocando justificaciones y explicaciones, atenuantes o incluso justificaciones del hecho. En esta etapa, el infractor también podrá solicitar por escrito la realización de las gestiones que estime necesarias para acreditar los hechos y nombrar testigos.

La fase de instrucción consiste en la producción de pruebas de los hechos, tanto los invocados por el empleador como por el trabajador.

La fase de decisión es la aplicación (o no) de la medida disciplinaria. El trabajador infractor podrá ser suspendido preventivamente, si su presencia en el lugar de trabajo resulta ser inconveniente, sin perjuicio del pago puntual de su salario. Según la legislación vigente, el empleado puede apelar la sanción.

Los procedimientos disciplinarios, cuando se inician, siguen las normas legales vigentes y, después de la investigación, se pueden aplicar sanciones. Estos pueden ir desde los más simples (reprimenda por escrito) hasta los más severos (despido de empleados).

Además de la facultad de aplicar medidas disciplinarias, el empleador podrá entablar acción civil o penal ante las autoridades competentes exigiendo la condena del trabajador infractor para indemnizarlo por el daño sufrido o únicamente su condena.

6. Comunicación y difusión del código ético

El Consejo de Administración comunicará y difundirá entre los empleados, directivos y administradores del Grupo Remeco el presente Código Ético. 

La empresa será responsable de evaluar y realizar un informe anual sobre el grado de cumplimiento del Código Ético. El informe se presentará a los órganos de gobierno de la Empresa.

7. Aprobación y entrada en vigor

El presente Código Ético fue revisado y aprobado el 21 de septiembre de 2021 y deroga el anterior Código del 1 de agosto de 2019 y 26 de junio de 2017. Será constantemente actualizado y alineado con los objetivos, circunstancias y necesidades de la Empresa